Violencia de género por tiempos de pandemia COVID-19

,
Paula Estenssoro Velaochaga[1] /Católicas por el Derecho a Decidir-Bolivia
Nimia Morán Fernández[2] /Católicas por el Derecho a Decidir-Perú

 

Perú y Bolivia, países hermanos y vecinos, con historias y culturas compartidas, con similitudes y diferencias en los desarrollos de sus Estados contemporáneos, vienen sufriendo, al igual que el resto del continente por la pandemia del COVID – 19, la desprotección, la inseguridad y una mayor vulnerabilidad de mujeres, niños, niñas y adolescentes. Frente a hechos de violencia de género, en condiciones y medidas de encierro por la cuarentena obligatoria, se profundizan las desigualdades, tanto dentro como fuera de los hogares. A continuación, presentamos las miradas de ambos países.

Perú: Confinamiento, exposición a la violencia de género

Desde el 16 de marzo que inició oficialmente el aislamiento social[3] a causa de la pandemia por COVID – 19, se ha escuchado con mucha frecuencia y desde diversos actores, tanto del gobierno como de la sociedad civil, que estamos ante un virus “democrático”, que puede causar afecciones en cualquier persona indistintamente de su condición social. Si nos detenemos a analizar la supuesta “democracia” del virus, podemos, rápidamente, darnos cuenta de que esta idea no sólo es equivocada, sino que, además, pretende imponer un discurso de igualdad que, actualmente, no tenemos y poco o nada se ha hecho para alcanzarla.

La disposición del gobierno para enfrentar al COVID–19 referida al aislamiento social obligatorio bajo el lema “quédate en casa” es el inicio de una situación que pone en evidencia un impacto diferenciado en hombres como en mujeres. Hasta el 27 de abril, se han reportado más de 21 mil llamadas de auxilio a la línea 100 por violencia, 162 violaciones sexuales siendo 102 de los casos violaciones a niñas y 7 casos de feminicidio (Tello, 2020).

Por otro lado, entre el 16 de marzo y el 19 de abril, el Ministerio Público (2020) ha reportado 3060 personas detenidas por violencia contra las mujeres y el grupo familiar y 285 personas detenidas por delitos contra la libertad sexual (Grupo Temático de Ciencias Sociales, 2020). La Defensoría del Pueblo (2020), por su parte, ha denunciado 170 casos de desapariciones de mujeres y niñas en todo el país. En lo que va de la pandemia, se puede evidenciar que las mujeres y niñas son las principales víctimas de la violencia al interior de las viviendas, en muchos de los casos, viéndose obligadas a mantener la cuarentena con el agresor.

En el Perú, durante el 2020, fueron detenidas 3060 personas por violencia contra las mujeres y el grupo familiar y 285 por delitos contra la libertad sexual.

Ante este escenario, se han desplegado una serie de acciones desde el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables dirigidas a la recepción de la denuncia, acompañamiento en el proceso de diligencia y protección a la víctima a través de las casas de refugio. Sin embargo, el contexto de aislamiento ha generado dificultades en la capacidad de atención oportuna a las víctimas por falta de personal y escasez de equipos de bioseguridad para el personal encargado, lo que ha generado la desprotección de las víctimas. A partir de ello, se ha emitido el Decreto Legislativo N° 1470 (Presidencia de la República, 2020), donde se establece medidas de protección y el retiro del agresor del domicilio. Recientemente, el Poder Judicial ha emitido una normativa (RA N° 140-2020-CE-PJ), donde se establece el uso de herramientas virtuales para la recepción de la denuncia por violencia.

Otra de las medidas adoptadas por el gobierno para disminuir el contagio de COVID – 19 fue la salida de los domicilios –sólo para realizar compras de primera necesidad- por sexo. Es decir, unos días a la semana salían las mujeres y otros días los hombres. Esta medida generó caos y aglomeración en los centros de abastos, ya que no se tomó en cuenta las desigualdades de género existentes.

Según el INEI (2019), solo en Lima el 38,6% y el 33% de hogares de los sectores socioeconómicos D y E, respectivamente, están mantenidos principalmente por una mujer que trabaja en el sector informal. En los sectores más favorecidos, bordea el 21%, es decir, a menor riqueza, mayor presencia de jefas del hogar. Otro aspecto tiene relación con la desigualdad en el uso del tiempo empleado para el trabajo doméstico según género. Según la Defensoría del Pueblo (2019), 85% de las mujeres peruanas se encargan de las compras semanales del hogar. La medida afianzó estas desigualdades, lo que ocasionó la exposición y aumento del riesgo de contagio para las mujeres.

Por otra parte, la situación de la población trans, también, se ha agravado con el inicio del aislamiento social y la normativa de salidas según sexo.[4] Por un lado, no cuentan con oportunidades que les permita subsistir –a causa de la violencia estructural- y, por otro lado, las fuerzas del orden protagonizaron actos de violencia física y psicológica contra las mujeres trans, deteniéndolas de manera arbitraria vulnerando su identidad de género para, posteriormente, obligarlas a realizar ejercicios físicos y repetir frases en rechazo a su identidad, todo ello con registro audiovisual y reproducción en redes sociales. Esta situación generó rechazo de un sector de la sociedad civil y la medida fue evaluada y derogada. El gobierno emitió, luego, el DL N° 1470, que establece el respeto irrestricto a los derechos humanos, quedando prohibido todo acto de discriminación por identidad de género y orientación sexual.

Una vez más, infelizmente, el derecho a una vida sin violencia para las mujeres se ha visto gravemente afectado, porque el Estado no mira con prospectiva la garantía de nuestros derechos. En esa línea, las medidas que se pueden haber tomado, durante la emergencia sanitaria, no necesariamente cubren las necesidades de los más vulnerables. Creemos que, por el contrario, la aparición de la pandemia por el COVID – 19 nos actualiza la agudización de las brechas de género ya existentes. Esta es una situación histórica en la cual las mujeres nos llevamos siempre la peor parte.

Bolivia: La vulnerabilidad y desprotección por la violencia de género en confinamiento

Como primer escenario, se puede señalar que los conflictos políticos y sociales, y el cambio abrupto de gobierno a raíz del cuestionamiento por fraude al proceso y resultados electorales (octubre y noviembre del año 2019) desencadenaron la instauración de un gobierno golpista transitorio, entre enfrentamientos, violencia social, represión estatal y para estatal.

El nuevo gobierno asume el poder con medidas de contención- pacificación, en medio de las tensiones marcadas por la polarización política y fraccionamiento social, presencia de fuerzas para estatales violentas, persecución política, uso represivo de las fuerzas armadas, con un saldo de decenas de muertes y centenares de personas heridas, por los cuales se levantaron denuncias, informes y serios cuestionamientos por las vulneraciones a los derechos humanos y al Estado de Derecho.

Con la actuación de la Asamblea Legislativa, se definió la anulación de las Elecciones Nacionales y la convocatoria a nuevas elecciones (programadas para el 3 de mayo de 2020 y actualmente postergadas), en un escenario preelectoral altamente conflictivo, con un tejido social resquebrajado y deteriorado, entre pugnas y reacomodos políticos partidarios. El 2020 se inició con un alarmante incremento en las cifras de violencia contra las mujeres.

Solo en los primeros 8 días de enero se registraron por la Fiscalía General del Estado, 9 feminicidios, 685 hechos de violencia física, 163 casos de delitos sexuales y 5 infanticidios (Página Siete, 2020). Ante ello, el gobierno declaró el 2020 como Año de Lucha contra el Feminicidio y el Infanticidio.

Como segundo escenario, en medio de este contexto ya complejo y anómalo, se pasa a otro cambio abrupto, compartido con el resto del mundo: la crisis sanitaria por el COVID – 19. Las medidas gubernamentales de cuarentena total – aún rígida en la mayor parte del país -, llevan casi dos meses, para lo cual nuevamente despliega a las fuerzas del orden – policías y militares – para su control, a través de una serie de normativas de excepción. Las actuaciones estatales se caracterizan por  un control rígido del cumplimiento de la cuarentena y el amedrentamiento (mayores cifras de personas detenidas que contagiadas con coronavirus), prevalencia de comunicación del temor; instrumentalización política de lo religioso con uso indebido de bienes estatales, contrarios al principio de laicidad del Estado; abuso de poder, restricción a la libertad de expresión, autoritarismo y represión, antes que información, protección y atención a la población.

El derecho a una vida libre de violencia es el que menos se garantiza y se ejerce, puesto que, más allá de responsabilidad estatal de prevención y cuidados hacia la población para atender / contener la pandemia, evidencia y profundiza las desigualdades en diferentes ámbitos para grandes sectores poblacionales y, sobre todo, para las mujeres, que tienen sus fuentes de trabajo e ingresos asentados en la economía informal.

Según los datos de la Fiscalía General del Estado (2020), en este tiempo de cuarentena, se han registrado 12 feminicidios y 6 infanticidios. Asimismo, el Ministerio Público ha registrado 1743 hechos por delitos de violencia sexual y en razón de género, de los cuales 1370 corresponde a delitos de violencia familiar o doméstica y 94 casos de violación de infante, niño, niña o adolescente. Varios hechos de violencia contra las mujeres también se han producido en el escenario de control de la cuarentena por protestas sociales en las calles, denunciándose agresiones, incluso sexuales y abusos por parte de autoridades en redes sociales.

La crisis sanitaria no solo desnuda la precariedad de los servicios estatales de salud pública, sino las grandes falencias en la aplicación de políticas públicas de prevención, atención, protección, sanción y justicia reparadora contra la violencia, que se acumula y se arrastra como la deuda social del Estado. La consigna gubernamental #QuédateEnCasa coloca a miles de mujeres en mayor vulnerabilidad, riesgo e inseguridad cuando se sabe que la mayor parte de casos de violencia se produce en el ámbito familiar, cuando las condiciones del encierro obligatorio no permiten el acceso a recursos para la sobrevivencia, cuando el temor, el estrés y el aislamiento social imperan. Las medidas gubernamentales nacionales y locales son pocas e insuficientes, con habilitación de algunas líneas de atención, difusión de mensajes preventivos e informativos, pero sin actuaciones ajustadas y efectivas a las necesidades en cuarentena para atender las denuncias y proteger a las víctimas.

La preponderancia de la atención de la emergencia sanitaria relega la problemática de violencia de género, porque, desde las instancias y autoridades estatales, no se asume que esta sigue siendo una pandemia mayor.

Conclusiones

Las similitudes y diferencias entre Perú y Bolivia ponen de relieve las desigualdades económicas, sociales, políticas, educativas, culturales, religiosas, entre otras, que cotidianamente vivimos en nuestros países; este panorama agudiza la desigualdad y violencia de género. Reconocer esto permite visibilizar la real magnitud de la pandemia de la violencia de género que, permanentemente, se vive en nuestros países. Con ello, se buscaría hacer frente al contexto actual -y a otros- planteando medidas y disposiciones con enfoque de género que permitan atender las dos pandemias (el coronavirus y la violencia de género) y no exponer a las mujeres -particularmente- a más vulneraciones de derechos humanos.

Así mismo, este contexto de pandemia por COVID-19 en Perú y Bolivia pone en evidencia que las acciones implementadas por los gobiernos para enfrentar la violencia de género han sido insuficientes y no han contribuido a su contención-atención, lo que hace necesario priorizar su atención con inversión en políticas multisectoriales en todos los niveles de gobierno, dirigidas a garantizar el derecho a una vida libre de violencia.

 

Referencias bibliográficas

Ministerio Público. Fiscalía General del Estado. (18 de mayo de 2020). Ministerio público registra 42 casos de feminicidio y 25 infanticidios a nivel nacional en el presente año. Prensa, FGE, Chuquisaca. Recuperado de https://bit.ly/2zO2Sf0

Defensoría del Pueblo. (2020). ¿Qué pasó con ellas durante el aislamiento obligatorio? Reporte Igualdad y Violencia N° 2 marzo 2020. Recuperado de https://bit.ly/2zOg5od [Consulta: 15 de mayo de 2020].

Grupo Temático de Ciencias Sociales. (2020). Por una nueva convivencia. La sociedad peruana en tiempos del COVID-19: escenarios, propuesta de política y acción pública. Recuperado de https://www.clacso.org/wpcontent/uploads/2020/05/Poruna-Nueva-Convivencia.pdf [Consulta: 15 de mayo de 2020].

Los Tiempos Digital. (6 de mayo de 2020). Suman 1.743 casos de violencia de género en el país, la mayoría contra niños y mujeres. Los Tiempos Digital. Recuperado de https://bit.ly/2LIddM9 [Consulta: 6 de mayo de 2020].

Página Siete Digital. (8 de enero de 2020). Fiscalía confirma nueve feminicidios en los primeros días de enero. Página siete Digital. Recuperado de https://www.paginasiete.bo/sociedad/2020/1/8/fiscaliaconfirma-nueve-feminicidiosen-los-primeros-dias-deenero-242817.html [Consulta: 8 de enero de 2020].

Poder Judicial. (2020). Resolución Administrativa N° 140-2020-CE-PJ. Lima, 11 de mayo. Recuperado de https://bit.ly/3dYt71a [Consulta: 18 de mayo de 2020].

Presidencia de la República. (2020). Decreto Legislativo N° 1470. Lima, 26 de abril. Recuperado de https://bit.ly/2zKvR3t[Consulta: 18 de mayo de 2020]

Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). (2020). Decreto Supremo N° 044 – 2020 – PCM. Lima, 15 de marzo. Recuperado de https://bit.ly/3cOFpZW [Consulta: 18 de mayo de 2020].

Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). (2020). Decreto Supremo N°057–2020– PCM. Lima, 2 de abril. Recuperado de https://bit.ly/2zSvGmJ [Consulta: 18 de mayo de 2020].

Tello, C. (27 de abril de2020). Entrevista a Gloria Montenegro (ministra del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables). [Programa televisivo]. Noticias. Canal N (#8). Lima: Cana N.

 

 

[1] Es responsable de Incidencia Política de CDD-Bolivia.

[2] Es responsable de Incidencia de CDD-Perú.

[3] Decreto Supremo N° 044 – 2020 – PCM.

[4] Decreto Supremo Nº 057-2020-PCM.